13 Ene 2023
enero 13, 2023

CAIDA EN GRAN SUPERFICIE

0 Comment

Un cliente se ha caido en una gran superficie y se ha hecho daños corporales, la direccion de la gran superficie pasa de todo y el cliente nos ha encargado un informe, que a continuación os expongo un resumen

2.- OBJETO DEL INFORME

 

Este informe se realiza a petición de xxxxxxxxx siendo el objeto del informe valorar y determinar  una caída que tuvo en el centro comercial xxxxxxde Barakaldo.

 

 

3 ANTECEDENTES.

 

Según declaraciones efectuadas ante el perito que suscribe por el señor xxxx :

 

El pasado dia 29 de junio de 2022, me encontraba en el centro comercial xxxn cuando me disponía a salir por las zonas indicadas me tropecé con un saliente de una peana que no se veía. Debido a la caída me he dañado el tobillo y la rodilla,fui atendido por el personal dexxxxlin. Ademas he informado por escrito a Leroy Merlin de los hechos.

 

4. INTERVENCION PERICIAL.

 

El día 22 de Diciembre de 2022 el perito que suscribe acompañado del señor xxxo nos personamos en el lugar del accidente haciendo una reconstrucción de lo sucedido.

El lugar había cambiado se había recortado la esquina de la peana que provoco la caída.

La flecha roja indica la esquina que causo la caida, esta foto fue del dia de la caida, incluso el paso se estrecho siendo la mitad de anchura que el dia de nuestra visita.

Como se puede observar hay un antes y después de la caida.En la caida la esquina invadía la zona de paso el dia de nuestra visita se resolvió el problema.Pero es que además el dia de la caida la zona de paso era la mitad de ancha.

 

5-CAUSA ORIGEN DEL DAÑO

 

La causa de la caida y nadie lo pone en duda es que el señor xxx se tropezó con el saliente de una peana que invadía una zona de paso.

 

 

6- ANALISIS DE RESPONSABILIDAD.

Para analizar la responsabilidad hay un hecho que implícitamente señala la responsabilidad del daño a Lxxxx y es que cuando este perito visita el lugar de la caida, el saliente de la peana no existe y no esta porque Leroy Merlin lo  ha quitado.

Pero es que además el señor xxxxo no tenia otra zona por donde salir y esta era muy limitada y además con un obstáculo.Se suele hacer mas limitadas las zonas de salida que las de entrada con fines comerciales.

Por lo que es criterio del perito que suscribe que la responsabilidad de los daños son por la colocación de un obstáculo en una zona de paso, acción realizada por xxxxxin.

 

 

6. CONCLUSIONES.

 

Por todo lo anteriormente expuesto, es criterio del perito que suscribe que la responsabilidad  del señor xxxx es inexistente siendo claramente del centro comercialxxxxxxx

 

· Comparte en redes sociales:

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.